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Mi parte rechaza el comunicado publicado por R.R. Artículos Deportivos SRL, en la página de Sane (https://padelsane.com/blogs/news/comunicado-oficial-sane), por falso, inexacto e improcedente.

En este sentido, les hacemos saber que, con fecha 28 de noviembre de 2018, mi representada le notificó a R.R. Artículos Deportivos SRL, la rescisión del Contrato de Licencia celebrado en diciembre de 2013. En vista de lo cual, continuar utilizando la marca "NOX" (Reg. No. 2.720.216 en clase 28) constituye una violación de los derechos de mi representada, protegidos por el Convenio de París, el Acuerdo AADPIC (TRIPs en su sigla en inglés) y otros tratados internacionales de los cuales la República Argentina es parte, al igual que la ley de Marcas y Designaciones, No. 22.362. El uso sin autorización de una marca registrada así también la venta/comercialización de productos perteneciente a terceros sin su autorización configuran un delito marcario (art. 31 de la Ley 22.362).

En virtud de ello, mi parte estará procediendo a tomar las acciones judiciales correspondientes a fin de obtener el cese de uso de la marca “NOX” en flagrante violación a los derechos de mi representada. J J BALLVE SPORTS, S.L”.